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Nómina

Cómo calcular el recargo por día feriado trabajado

Si un trabajador labora un día feriado, la ley exige un recargo sobre su salario. Te explicamos cómo calcularlo correctamente.

Por Diego Hernández Publicado el Actualizado el

Un día feriado trabajado se paga con un recargo del 50% sobre el salario normal diario, además del salario de ese día, que ya viene incluido en la remuneración mensual se trabaje o no. En la práctica, el día se paga al 150% de lo que valdría un día normal.

Los feriados ya están remunerados dentro del salario mensual del trabajador. Lo que genera el pago adicional es haberlos trabajado.

Qué días se consideran feriados

Son días feriados:

  • Los establecidos por la ley: entre otros, el 1 de enero, jueves y viernes santo, 1 de mayo, 5 de julio, 24 de julio, 12 de octubre y 25 de diciembre.
  • Los que se declaren de fiesta nacional, estadal o municipal.
  • Los que se otorguen por convención colectiva en algunas empresas.
  • Los domingos, que la ley trata como día de descanso obligatorio con reglas similares.

Base legal: el artículo 184 declara feriados los domingos; el 1.º de enero; lunes y martes de carnaval; Jueves y Viernes Santos; el 1.º de mayo; y el 24, 25 y 31 de diciembre. Suma los de la Ley de Fiestas Nacionales y hasta tres al año declarados por el Gobierno Nacional, los estados o los municipios. El artículo 120 fija el recargo del 50 % sobre el salario normal cuando se trabaja en día feriado, además del salario propio de ese día — texto oficial de la LOTTT, Gaceta Oficial n.º 6.076 Extraordinario del 7 de mayo de 2012.

Porcentaje de recargo exigido

Cuando un trabajador labora un día feriado, tiene derecho a 2 cosas:

  1. El salario correspondiente a ese día, que ya forma parte de su remuneración mensual, se trabaje o no.
  2. Un recargo adicional del 50% sobre su salario normal diario.

Sumados, el día trabajado se paga al 150% de lo que valdría un día normal. Dicho de otro modo: lo que la empresa desembolsa de más por ese día es el 50%, no el 150%, porque el 100% ya estaba en el sueldo.

Ejemplo de cálculo

Trabajador con un salario normal diario equivalente a 10 USD que labora un día feriado:

  1. Salario del día feriado: 10 USD, ya incluidos en su sueldo mensual.
  2. Recargo del 50%: 10 USD × 50% = 5 USD.
  3. Costo adicional para la empresa por ese día: 5 USD.
  4. Valor total del día: 15 USD (150% de un día normal).
ConceptoMonto
Salario del día (ya en el sueldo mensual)10 USD
Recargo por feriado trabajado (50%)5 USD
Total del día15 USD

Si el feriado cae en el día de descanso

Si el día feriado coincide con el domingo de descanso semanal del trabajador, la ley exige, adicionalmente al recargo del 50%, que se le otorgue 1 día de descanso compensatorio remunerado durante la semana siguiente. Es decir: en ese caso se acumulan las 2 protecciones, la económica y la del descanso.

Diferencia con el día de descanso trabajado

El día de descanso semanal (normalmente el domingo) sigue una lógica similar a la del feriado: si el trabajador labora ese día, también le corresponde el recargo del 50% sobre su salario normal.

Feriado trabajadoDía de descanso trabajadoFeriado que cae en día de descanso
Recargo50%50%50%
Día compensatorioNoNoSí, en la semana siguiente

Cómo reflejarlo en el recibo

El recargo por feriado debe ir como línea propia dentro de las asignaciones, con el número de días feriados trabajados y el monto del recargo, no sumado dentro del salario normal. Si además esas horas cayeron en jornada nocturna o fueron extraordinarias, cada recargo va por separado: el formato completo está en cómo hacer un recibo de pago de nómina y los recargos de jornada, en cómo calcular las horas extras según la LOTTT.

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